La Visa de Dependiente de Residente Permanente permite a los familiares directos de un residente permanente en Panamá obtener la residencia legal en el país. Esta visa está diseñada para promover la unidad familiar, facilitando que cónyuges, hijos y padres puedan reunirse y establecerse junto al residente principal.
Como firma de abogados especializada en derecho migratorio, Legalia Panama le ofrece asesoría integral y personalizada para guiarlo en el proceso de obtención de esta visa, asegurando una experiencia fluida y exitosa para usted y su familia.
Es un permiso de residencia que permite a los familiares directos (cónyuge, hijos menores de edad, hijos mayores con discapacidad y padres) de un residente permanente en Panamá obtener la residencia legal en el país. Esta visa facilita la reunificación familiar y otorga derechos y beneficios para que los dependientes puedan residir y, en algunos casos, trabajar en Panamá.
El objetivo es fortalecer la unidad familiar, permitiendo que los residentes permanentes puedan traer a sus seres queridos a vivir con ellos en Panamá, contribuyendo al bienestar social y familiar.
La Visa de Dependiente de Residente Permanente se basa en:
El Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008 regula la política migratoria de Panamá, estableciendo normas y procedimientos para la entrada, estancia y residencia de extranjeros en el país.
El Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 establece procedimientos específicos y requisitos para la obtención de diferentes categorías de visas y permisos de residencia en Panamá, facilitando la regulación migratoria.
Para demostrar la solvencia económica del residente principal en el contexto de la Visa de Dependiente de Residentes Permanentes en Panamá, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Estos documentos aseguran que el residente principal tiene los recursos económicos suficientes para mantener a sus dependientes en Panamá.
Para obtener más información sobre nuestros servicios de migración o naturalización en Panamá, o para discutir sus necesidades específicas, no dude en contactarnos.
El proceso de solicitud de una visa de residencia permanente en Panamá es meticuloso y requiere una preparación cuidadosa de la documentación necesaria. En Legalía Panamá podemos ayudarle con todo el proceso que necesitas para obtener tu visa con el fin de ahorrarle tiempo y dinero.
Estas solicitudes pueden ser presentadas previo el ingreso al territorio nacional del solicitante y sus dependientes, a través de un apoderado especial. Siempre y cuando se cumpla el proceso de filiación en el Registro de Extranjería del Servicio Nacional de Migración
Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de
los padres del solicitante.
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
9. Carta de responsabilidad y repatriación del residente o nacional (debidamente
notariada).
1. Constancia de parentesco (certificado de matrimonio, nacimiento, o constancia
judicial de la tutela o guarda y crianza, según sea el caso).
2. Copia del carné de migración de residente provisional notariado y si tiene cédula o
carné de residente permanente deberá autenticarla por la Dirección Nacional de
cedulación del Registro Civil de Panamá.
3. El solicitante mayor de edad y menor de veinticinco (25) años, deberá aportar:
a. Certificación de un centro educativo que acredite su condición de
estudiante a tiempo completo y de forma regular.
b. Declaración Jurada de soltería.
4. Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente. El
residente puede probar dicha solvencia con una de las siguientes formas:
a. Copia de la declaración de renta, con su paz y salvo y la misma debe
cumplir con el ingreso mínimo de mil balboas (B/.1,000.00) mensuales
más cien balboas (B/.100.00), adicionales por cada dependiente.
b. Carta de trabajo actualizada con su respectivo talonario o ficha de la Caja
del Seguro Social y copia del permiso de trabajo.
c. Carta de referencia bancaria no inferior a cuatro (4) cifras medianas.
En caso de un dependiente extranjero adoptado por un panameño deberá aportar además
de lo señalado en los requisitos comunes del artículo 28 del Decreto Ley lo siguiente:
1. Carta de responsabilidad del adoptante.
2. Certificado de nacimiento expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil.
3. Copia autenticada de la sentencia que apruebe la adopción.
4. Copia del documento de identidad del extranjero adoptado.
Preparación de Documentos: Reunir toda la documentación requerida, asegurándose de que cumpla con los requisitos legales y esté vigente.
Presentación de la Solicitud: Presentar la solicitud de visa ante el Servicio Nacional de Migración, acompañada de todos los documentos necesarios.
Entrevista Migratoria: Ambos cónyuges pueden ser citados a una entrevista para verificar la autenticidad del matrimonio.
Evaluación por Autoridades: Las autoridades revisarán la solicitud y la documentación presentada para verificar el cumplimiento de los requisitos.
Aprobación y Emisión de la Visa: Inicialmente, se otorga una residencia provisional por dos años. Después de este período, se puede solicitar la residencia permanente.
Nos especializamos en procesos migratorios y ofrecemos una asesoría personalizada y profesional para garantizar una experiencia sin complicaciones.
Contamos con un equipo de abogados con amplia experiencia en derecho migratorio y un conocimiento profundo de las normativas panameñas.
Nuestro compromiso es proporcionar un servicio eficiente y adaptado a las necesidades individuales de cada cliente, asegurando su tranquilidad y éxito en el proceso de obtención de residencia permanente en Panamá.