Visa de Personal Extranjero por Empresa Privada Acuerdo Marrakech

Permiso de Residencia Temporal como Personal Extranjero Contratado por Empresas Privadas en Virtud del Acuerdo de Marrakech

El Permiso es una opción migratoria diseñada para permitir la residencia temporal en la República de Panamá a extranjeros que han sido contratados por empresas privadas con menos de diez (10) trabajadores.

 

Como firma de abogados experta en derecho migratorio, Legalia Panama pone a su disposición todas las opciones disponibles y el proceso de solicitud para obtener una visa de residencia permanente en Panamá.

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¿Qué es el Permiso de Residencia Temporal en virtud del Acuerdo de Marrakech?

Este permiso permite a empresas privadas (persona jurídica) en Panamá, que empleen menos de diez trabajadores, contratar a personal extranjero especializado para residir y trabajar temporalmente en el país en virtud del Acuerdo de Marrakech, adoptado por la República de Panamá mediante Ley 23 de 1997.   La visa es renovable anualmente, siempre que se mantenga la relación laboral y se cumplan los requisitos establecidos por el Servicio Nacional de Migración.

 

¿Quiénes pueden solicitar este Permiso de Residencia Temporal?

Pueden solicitar este permiso de residencia las empresas privadas panameñas con menos de diez empleados que contraten a personal extranjero especializado. Este permiso está dirigido a técnicos, profesionales y ejecutivos que aportan habilidades específicas y conocimientos avanzados en sus respectivos campos, contribuyendo al crecimiento y desarrollo de las empresas locales.

Para los efectos de este permiso, el trabajador extranjero debe acreditar un salario que no podrá ser menor a los mil dólares (US$1,000.00) mensuales.

 

Notas y Requisitos:

Para solicitar el Permiso de Residencia Temporal como Personal Extranjero de Empresa Privada, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1) Registro Previo

Todo extranjero debe estar previamente registrado en la Sección de Movimiento Migratorio del Servicio Nacional de Migración en la República de Panamá. LEGALIA PANAMA provee la asistencia para este registro.

Al presentar la documentación completa en el Servicio Nacional de Migración, se le expide un carné de trámite por seis (6) meses y al aprobarse la solicitud se le extiende el carné de permanencia provisional válida por un (1) año

¿Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero deberán presentarse debidamente apostillados o autenticados por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió

Todos los documentos expedidos en el exterior en idioma que no sea español deben ser traducidos por un Traductor Público Oficial, reconocido por el Ministerio de Gobierno y Justicia en la República de Panamá.

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Proceso de Aplicación

El proceso de solicitud de una visa de residencia temporal para personal extranjero de empresa privada en Panamá es riguroso y requiere la preparación cuidadosa de la documentación necesaria. En Legalia Panamá podemos ayudarle con todo el proceso para obtener su visa, ahorrándole tiempo y dinero.

Es indispensable, para otorgar la visa y el correspondiente permiso de residencia, que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, expida a su favor Permiso de Trabajo en Virtud del Acuerdo de Marrakech que lo autorice a laborar temporalmente en el territorio nacional.

  1. Poder otorgado por el solicitante a favor de LEGALIA PANAMA, quien provee el texto del mismo. El Poderdante principal debe ser el Representante Legal de la empresa.  En el caso que el solicitante extranjero se encuentre en Panamá, el poder debe ser firmado tanto por el Representante Legal de la empresa contratante y por el extranjero que desea inmigrar. 
  2. Memorial de solicitud que es redactado por LEGALIA PANAMA.
  3. Cheque Certificado o de Gerencia expedido por un banco de la localidad por la suma de doscientos cincuenta dólares (US$250.00) a favor del Tesoro Nacional, por cada integrante del grupo familiar.
  4. Cheque Certificado o de Gerencia expedido por un banco de la localidad por la suma de ochocientos dólares (US$800.00) a favor del Servicio Nacional de Migración, en concepto de depósito de repatriación, aplicable a todo integrante que tenga 12 años edad o más.
  5. Certificado Médico de buena salud, del solicitante y sus dependientes, expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. Este certificado debe ser conferido por médico panameño.  LEGALIA PANAMA lo asiste para la obtención de este certificado.
  6. Historial Policivo de antecedentes personales, de cada integrante mayor de 18 años, del país de origen o por el país de residencia (sólo cuando el interesado tenga menos de dos (2) años de residencia continua en la República de Panamá). Ver nota explicativa No.4 más adelante.
  7. Pasaporte original del país de origen, del solicitante y sus dependientes, con una validez mínima de tres (3) meses. Importante:  Los solicitantes deben estar presentes en el país al momento de la presentación de la solicitud del permiso de residencia.
  8. Fotocopia completa del pasaporte, del solicitante y sus dependientes, autenticada ante Notario Público en Panamá. LEGALIA PANAMA lo asiste en este trámite.
  9. Cinco (5) fotografías tamaño carné actualizadas, del solicitante y sus dependientes (de frente y sin sombreros o velos).
  10. Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales, debidamente firmada por el solicitante y por cada dependiente mayor de edad. LEGALIA PANAMA le ayuda a completar el formulario suministrado por el Servicio Nacional de Migración.
  11. Constancia de parentesco (certificado de matrimonio y/o certificados de nacimiento de cada uno de los hijos para los cuales se solicita el permiso, según sea el caso). Ver nota explicativa No.4 más adelante.
  12. Carta de Responsabilidad del solicitante en la que se hace responsable del familiar al que amparará como dependiente suyo y asume la obligación de brindarle alimentos, habitación, salud, educación (si fuese el caso) y demás gastos en general incluyendo el compromiso de asumir su repatriación si fuese necesario. Esta carta debe expresar los teléfonos y dirección del domicilio donde es localizable el responsable.  LEGALIA PANAMA lo asiste con la redacción de dicha carta. 
  13. El dependiente mayor de edad (18 años) y menor de veinticinco (25 años) debe aportar:
    • Certificación de estudios de instituciones aprobadas por el Ministerio de Educación que acredite su condición de estudiante universitario regular.
    • Aportar prueba de su estado civil (Certificado de Soltería). Ver nota explicativa No.4 más adelante.
  14. Resolución expedida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) y copia del carné respectivo, donde autorice al interesado para laborar en el territorio nacional como empleado en Virtud del Acuerdo de Marrakech. En caso de no tenerlos a la fecha de presentación de la solicitud de residencia, puede presentar certificación expedida por el MITRADEL donde indique que dicho permiso está en trámite o copia simple del poder y solicitud mediante abogado dirigido al MITRADEL. En este caso, queda pendiente la presentación del respectivo permiso de trabajo una vez sea aprobado, para que la solicitud de visa continúe su trámite.
    En caso de que el permiso de trabajo no sea aprobado, el permiso de residencia será negado.
  15. Contrato de trabajo original refrendado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) a favor del interesado.
  16. Carta de Trabajo en papel membrete de la empresa, donde conste el cargo y el salario devengado por el extranjero, firmada por el representante legal.
  17. Copia del Aviso de Operación de la empresa.
  18. Copia simple del Certificado de Vigencia de la empresa, emitida por el Registro Público.
  19. Paz y salvo nacional de rentas de la empresa.
  20. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social, con copia del carné (en la primera solicitud).
  • Reunir Documentación: Completar todos los formularios y reunir los documentos necesarios.
  • Presentar Solicitud: La solicitud debe ser presentada por un abogado en la Dirección Nacional de Migración.
  • Revisión y Aprobación: La Dirección de Migración revisará la solicitud y emitirá una aprobación si se cumplen todos los requisitos.
  • Obtención del Permiso: Una vez aprobada, se emite el permiso de residencia permanente y la cédula de identidad.
Categorías de Visas de Residencia Permanente

Fundamento Legal

La Constitución Política de la República de Panamá es el documento supremo que establece los principios y normas fundamentales del Estado, garantizando derechos y libertades, y organizando el funcionamiento del gobierno y sus instituciones.

Esta ley aprueba el Acuerdo de Marrakech, que establece la Organización Mundial del Comercio (OMC), y el Protocolo de Adhesión de Panamá a dicho acuerdo. Además, adecúa la legislación interna panameña a la normativa internacional derivada de la OMC. En el contexto migratorio, esta ley sienta las bases para la creación de visas y permisos que faciliten la movilidad de personal extranjero en sectores vinculados al comercio internacional.

El Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008 regula la política migratoria de Panamá, estableciendo normas y procedimientos para la entrada, estancia y residencia de extranjeros en el país.

El Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 establece procedimientos específicos y requisitos para la obtención de diferentes categorías de visas y permisos de residencia en Panamá, facilitando la regulación migratoria.

Este decreto modifica y adiciona disposiciones al Decreto Ejecutivo No. 320 de 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008. Específicamente, establece procedimientos y requisitos para la obtención de visas y permisos de residencia para personal extranjero, incluyendo aquellos amparados por leyes especiales como el Acuerdo de Marrakech. Detalla las categorías de visas disponibles y los trámites necesarios para su obtención, asegurando una aplicación coherente de las normativas migratorias.

Esta ley regula el procedimiento administrativo general en Panamá, estableciendo principios y normas que rigen las actuaciones de la administración pública

Beneficios de trabajar con Legalia Panama

Nos especializamos en procesos migratorios y ofrecemos una asesoría personalizada y profesional para garantizar una experiencia sin complicaciones.

Contamos con un equipo de abogados con amplia experiencia en derecho migratorio y un conocimiento profundo de las normativas panameñas.

Nuestro compromiso es proporcionar un servicio eficiente y adaptado a las necesidades individuales de cada cliente, asegurando su tranquilidad y éxito en el proceso de obtención de residencia permanente en Panamá.

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