El Permiso es una opción migratoria diseñada para permitir la residencia temporal en la República de Panamá a extranjeros que han sido contratados por empresas privadas con menos de diez (10) trabajadores.
Como firma de abogados experta en derecho migratorio, Legalia Panama pone a su disposición todas las opciones disponibles y el proceso de solicitud para obtener una visa de residencia permanente en Panamá.
Este permiso permite a empresas privadas (persona jurídica) en Panamá, que empleen menos de diez trabajadores, contratar a personal extranjero especializado para residir y trabajar temporalmente en el país en virtud del Acuerdo de Marrakech, adoptado por la República de Panamá mediante Ley 23 de 1997. La visa es renovable anualmente, siempre que se mantenga la relación laboral y se cumplan los requisitos establecidos por el Servicio Nacional de Migración.
Pueden solicitar este permiso de residencia las empresas privadas panameñas con menos de diez empleados que contraten a personal extranjero especializado. Este permiso está dirigido a técnicos, profesionales y ejecutivos que aportan habilidades específicas y conocimientos avanzados en sus respectivos campos, contribuyendo al crecimiento y desarrollo de las empresas locales.
Para los efectos de este permiso, el trabajador extranjero debe acreditar un salario que no podrá ser menor a los mil dólares (US$1,000.00) mensuales.
Para solicitar el Permiso de Residencia Temporal como Personal Extranjero de Empresa Privada, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Todo extranjero debe estar previamente registrado en la Sección de Movimiento Migratorio del Servicio Nacional de Migración en la República de Panamá. LEGALIA PANAMA provee la asistencia para este registro.
Al presentar la documentación completa en el Servicio Nacional de Migración, se le expide un carné de trámite por seis (6) meses y al aprobarse la solicitud se le extiende el carné de permanencia provisional válida por un (1) año
¿Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero deberán presentarse debidamente apostillados o autenticados por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió
Todos los documentos expedidos en el exterior en idioma que no sea español deben ser traducidos por un Traductor Público Oficial, reconocido por el Ministerio de Gobierno y Justicia en la República de Panamá.
Para obtener más información sobre nuestros servicios de migración o naturalización en Panamá, o para discutir sus necesidades específicas, no dude en contactarnos.
El proceso de solicitud de una visa de residencia temporal para personal extranjero de empresa privada en Panamá es riguroso y requiere la preparación cuidadosa de la documentación necesaria. En Legalia Panamá podemos ayudarle con todo el proceso para obtener su visa, ahorrándole tiempo y dinero.
Es indispensable, para otorgar la visa y el correspondiente permiso de residencia, que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, expida a su favor Permiso de Trabajo en Virtud del Acuerdo de Marrakech que lo autorice a laborar temporalmente en el territorio nacional.
La Constitución Política de la República de Panamá es el documento supremo que establece los principios y normas fundamentales del Estado, garantizando derechos y libertades, y organizando el funcionamiento del gobierno y sus instituciones.
Esta ley aprueba el Acuerdo de Marrakech, que establece la Organización Mundial del Comercio (OMC), y el Protocolo de Adhesión de Panamá a dicho acuerdo. Además, adecúa la legislación interna panameña a la normativa internacional derivada de la OMC. En el contexto migratorio, esta ley sienta las bases para la creación de visas y permisos que faciliten la movilidad de personal extranjero en sectores vinculados al comercio internacional.
El Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008 regula la política migratoria de Panamá, estableciendo normas y procedimientos para la entrada, estancia y residencia de extranjeros en el país.
El Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 establece procedimientos específicos y requisitos para la obtención de diferentes categorías de visas y permisos de residencia en Panamá, facilitando la regulación migratoria.
Este decreto modifica y adiciona disposiciones al Decreto Ejecutivo No. 320 de 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008. Específicamente, establece procedimientos y requisitos para la obtención de visas y permisos de residencia para personal extranjero, incluyendo aquellos amparados por leyes especiales como el Acuerdo de Marrakech. Detalla las categorías de visas disponibles y los trámites necesarios para su obtención, asegurando una aplicación coherente de las normativas migratorias.
Esta ley regula el procedimiento administrativo general en Panamá, estableciendo principios y normas que rigen las actuaciones de la administración pública
Nos especializamos en procesos migratorios y ofrecemos una asesoría personalizada y profesional para garantizar una experiencia sin complicaciones.
Contamos con un equipo de abogados con amplia experiencia en derecho migratorio y un conocimiento profundo de las normativas panameñas.
Nuestro compromiso es proporcionar un servicio eficiente y adaptado a las necesidades individuales de cada cliente, asegurando su tranquilidad y éxito en el proceso de obtención de residencia permanente en Panamá.