Visa Inversionista Calificado Panamá

Permiso de Residente Permanente en Calidad de Inversionista Calificado en Panamá

Es uno de los métodos más rápidos para adquirir una residencia permanente en la República de Panamá, diseñada para atraer inversión extranjera al país, ofreciendo a los inversionistas la oportunidad de obtener residencia permanente.

Como firma de abogados experta en derecho migratorio, Legalia Panama pone a su disposición todas las opciones disponibles y el proceso de solicitud para obtener una visa de residencia permanente en Panamá.

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¿Qué es una Visa de Inversionista Calificado?

El Permiso de Residente Permanente en Calidad de Inversionista Calificado es un tipo de visa o permiso de residencia que ofrece Panamá a extranjeros que realizan inversiones significativas en el país.  Es un permiso de residencia permanente por razones económicas que se concede a extranjeros que mantienen actividades de inversión sustanciales en la República de Panamá.

¿Cuál es el propósito de esta Visa?

El propósito de este Permiso es atraer y retener inversión extranjera significativa en Panamá, ofreciendo a cambio la posibilidad de obtener residencia permanente en el país

Categorías de Visas de Residencia Permanente

Fundamento Legal

Establece la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado dentro de la categoría de Residente Permanente por Razones Económicas. Su objetivo es dinamizar la inversión extranjera en Panamá, permitiendo inversiones en bienes inmuebles, títulos de valores en la Bolsa de Valores de Panamá, o depósitos a plazo fijo en bancos locales. La inversión mínima es de $500,000 o $750,000 para depósitos bancarios. Los beneficios incluyen residencia permanente inmediata, posibilidad de solicitar antes de ingresar al país, aprobación en 30 días hábiles y acceso a una ventanilla única especial para trámites migratorios.

El Decreto Ejecutivo No. 109 de 13 de octubre de 2022 modifica el Decreto Ejecutivo 722 de 2020, introduciendo cambios significativos en el programa de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado. Su principal aportación es la reducción temporal del monto mínimo de inversión en bienes raíces a US$300,000, en lugar de los US$500,000 originales, para estimular la inversión extranjera en el sector inmobiliario panameño. Esta medida tiene una vigencia limitada hasta el 15 de octubre de 2024, tras lo cual el monto mínimo volverá a US$500,000. El decreto mantiene los demás beneficios del programa, como la residencia permanente inmediata y el proceso de aprobación acelerado, mientras busca hacer más accesible la inversión inmobiliaria para un mayor número de inversionistas extranjeros durante un período específico.

El Decreto Ejecutivo No. 193 (15 de octubre de 2024) introduce cambios al régimen de residencia permanente para inversionistas calificados en Panamá, facilitando y ampliando las opciones de inversión.

Cambios principales:

  • Reducción de inversión mínima inmobiliaria: De $500,000 a $300,000, con fondos provenientes del extranjero y a nombre del beneficiario final.
  • Nuevas modalidades inmobiliarias: Incluye contratos de promesa de compraventa desde $300,000, con opciones de pago en fideicomiso o al promotor antes de la construcción.
  • Inversión en valores: Mínimo de $500,000 en títulos locales por al menos cinco años.
  • Depósitos a plazo fijo: Desde $750,000 en bancos panameños, por un plazo de cinco años.
  • Inversiones compartidas: Ahora posibles en copropiedad o cotitularidad entre cónyuges o dependientes.
  • Cambio de estatus migratorio: Permite a quienes gestionaron permisos provisionales desde 2020 actualizar su categoría a residente permanente como inversionista calificado.

Este decreto busca atraer más inversión extranjera, ofreciendo alternativas más flexibles para obtener residencia en Panamá.

Gaceta Oficial Decreto Ejecutivo No. 193 de 15 de octubre de 2024

Formas de Inversión

Para solicitar el Permiso de Residencia Permanente, en calidad de Inversiones Calificado, el solicitante deberá realizar alguna de las formas de inversión que a continuación se detallan:

Requisitos:

Se debe invertir la suma TRESCIENTOS MIL DÓLARES (US$300,000.00), en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá, el cual deberá estar libre de gravámenes.

  • Certificación del Registro Público de Panamá que acredite la titularidad;
  • Certificación de la Autoridad Nacional de Titulación de Tierras que acredite el valor del bien inmueble.

Copropiedad o cotitularidad:

  • Las inversiones requeridas para optar por la residencia permanente como inversionista calificado pueden ser realizadas de manera conjunta por varias personas, como cónyuges o dependientes, siempre y cuando se cumplan ciertos criterios clave:
 

Los requisitos para inversiones en copropiedad incluyen:

  • Los copropietarios (cónyuges o dependientes) deben ser beneficiarios finales de la entidad que realiza la inversión.
  • El monto mínimo requerido puede dividirse entre los copropietarios, siempre que se alcance el total estipulado de $300,000 en bienes inmuebles.
  • Es necesaria documentación que acredite la relación entre los copropietarios (certificados de matrimonio o parentesco) y el cumplimiento de requisitos legales.
  • La solicitud de residencia debe presentarse de forma conjunta, especificando la participación de cada copropietario.

Requisitos:

Se debe realizar una inversión por medio de contrato de promesa de compraventa para la adquisición de un bien inmueble, por la suma de TRECIENTOS MIL DÓLARES (US$300,000.00), realizada por medio de un depósito de fidecomiso manejado por un banco o fiduciaria de la localidad, con licencia para operar en la República de Panamá.

  • Copia autenticada del contrato de promesa de compraventa del/los bien (es) inmueble (s) debidamente inscrito en el Registro Público;
  • Aportar original o copia autenticada del contrato de fideicomiso en el cual deberá establecerse que la totalidad de la suma dada en fideicomiso se desembolsará en pagos parciales relacionados con el pago de las obligaciones que asumen el fideicomitente con motivo de la promesa de compraventa celebrada con la empresa inmobiliaria.

Requisitos:

Realizar una o varias inversiones a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, por un monto mínimo de TRESCIENTOS MIL DÓLARES (US$300,000.00) en títulos valores de emisores, cuyos negocios incidan en el territorio nacional a través de la Bolsa de Valores de Panamá, por el término de cinco (5) años.

  • Certificación emitida por la Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, en donde conste el nombre del inversionista, monto de la inversión, el detalle de los títulos valores que mantiene, así como la entidad que custodia los títulos;
  • Copia autenticada de la resolución que concede a la entidad, licencia de Casa de Valores, emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, donde se mantiene la cuenta de inversión del solicitante;
  • Certificación emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá en relación con el registro de los títulos valores correspondientes a dicha inversión.

Requisitos:

Abrir un depósito a plazo fijo por una suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES (US$750.000.00) o más, libre de gravámenes, en un banco panameño calificado, por un término de cinco (5) años.

  • Copia autenticada por el banco emisor del certificado de depósito a plazo fijo, indicando su titular, el valor y el plazo del documento;
  • Certificación del banco que haga constar la existencia del depósito, su titular, el valor, el plazo, que el mismo se encuentra libre de gravámenes y que los fondos provienen de fuente extranjera.
  • Carta de un banco en el extranjero o local, que certifique el envió de fondos. Si el documento es emitido en el extranjero debe venir legalizado por consulado panameño o por medio de Apostilla;
  • Estado de cuenta del banco extranjero, debidamente sellado y legalizado. o Carta notariada emitida por el receptor de los fondos, o certificación bancaria original que confirme el depósito o transferencia y que los fondos provienen de fuente extranjera.
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Proceso de Aplicación

El proceso de solicitud de una visa de residencia permanente en Panamá es meticuloso y requiere una preparación cuidadosa de la documentación necesaria. En Legalía Panamá podemos ayudarle con todo el proceso que necesitas para obtener tu visa con el fin de ahorrarle tiempo y dinero.

Estas solicitudes pueden ser presentadas previo el ingreso al territorio nacional del solicitante y sus dependientes, a través de un apoderado especial. Siempre y cuando se cumpla el proceso de filiación en el Registro de Extranjería del Servicio Nacional de Migración

  1. Certificación emitida por el Ministerio de Comercio e Industrias, a través del Servicio Nacional de Migración que contenga los detalles de la inversión y los datos generales de la persona que mantiene la titularidad de la misma. Debe contener los datos generales de la persona solicitante y en caso de ser a través de una persona jurídica, que demuestre que la persona solicitante es el único beneficiario final.
  2. Poder especial a la firma que tramitara la solicitud.
  3. Memorial de solicitud que es redactado por LEGALIA PANAMA.
  4. Copia completa del pasaporte apostillada o autenticada.
  5. Comprobación de antecedentes penales nacionales apostillada o autenticada con una validez de seis (6) meses.
  6. Cinco (5) fotos tamaño pasaporte.
  7. Pago de CINCO MIL DÓLARES (US$5,000.00) al Servicio Nacional de Migración.
  8. Pago de CINCO MIL DÓLARES (US$5,000.00) al Tesoro Nacional.
  9. Certificado de salud
  10. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
  11. En caso dependientes:
    • Certificado que pruebe el parentesco: matrimonio o nacimiento (autenticado y traducido);
    • Carta de Responsabilidad notariada;
    • Carta de Autorización en caso tal de presentar sólo uno del os padres;
    • Pago al Tesoro Nacional por MIL DÓLARES (US$1,000.00) por cada dependiente;
    • Pago al Servicio Nacional de Migración por MIL DÓLARES (US$1,000.00) por cada dependiente;
    • Dependiente mayor de edad y menor de veinticinco (25) años de presentar certificado de soltería y de estudios.
  • Reunir Documentación: Completar todos los formularios y reunir los documentos necesarios.
  • Presentar Solicitud: La solicitud debe ser presentada por un abogado en la Dirección Nacional de Migración.
  • Revisión y Aprobación: La Dirección de Migración revisará la solicitud y emitirá una aprobación si se cumplen todos los requisitos.
  • Obtención del Permiso: Una vez aprobada, se emite el permiso de residencia permanente y la cédula de identidad.

Beneficios de trabajar con Legalia Panama

Nos especializamos en procesos migratorios y ofrecemos una asesoría personalizada y profesional para garantizar una experiencia sin complicaciones.

Contamos con un equipo de abogados con amplia experiencia en derecho migratorio y un conocimiento profundo de las normativas panameñas.

Nuestro compromiso es proporcionar un servicio eficiente y adaptado a las necesidades individuales de cada cliente, asegurando su tranquilidad y éxito en el proceso de obtención de residencia permanente en Panamá.

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